La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este jueves 15 de octubre de 2026 el desechamiento de una queja presentada por Morena contra Movimiento Ciudadano (MC) y su coordinador nacional, Jorge Álvarez Máynez. La denuncia, interpuesta por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, así como por la vulneración al principio de equidad, se centró en un espot oficial donde Álvarez Máynez afirmó: “La vieja política ha intentado acorralar al Movimiento del Sombrero; no quieren que compitan en las próximas elecciones”.
Los magistrados De la Mata, Bátiz, Valle y Fuentes respaldaron la decisión de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE), argumentando que el mensaje no contenía llamados al voto ni promovía una candidatura o plataforma electoral específica. Según el fallo, las expresiones se enmarcaron en un contexto de solidaridad tras el homicidio del alcalde de Uruapan, Carlos Manzo, y formaron parte del debate político sin constituir una estrategia de posicionamiento electoral anticipado. El magistrado Reyes Rodríguez votó en contra, al considerar que el INE debió analizar el fondo del asunto dada la vinculación de los mensajes con el proceso electoral venidero.
En la misma sesión, el TEPJF validó que las autoridades electorales de Nuevo León no están obligadas a regular el periodo de “pre-precampañas”, a pesar de que el Instituto Electoral local implementó lineamientos para esta etapa en 2023. Los magistrados determinaron que no existe una obligación legal de replicar dichas medidas.
Por otro lado, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, integrada por los consejeros Gómez, Chávez y Montaño, determinó por unanimidad que no hubo calumnia en las declaraciones de Marco Baños, representante de Somos, contra Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, de Morena. El incidente ocurrió el 29 de septiembre, cuando Baños vinculó a Santiago Rodríguez y a su partido con el crimen organizado. La Comisión concluyó que no era posible prohibir a Baños repetir tales expresiones al tratarse de hechos futuros de realización incierta.

