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SAT posterga la Manifestación de Valor Electrónica: implementación será gradual a partir de noviembre de 2026

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una nueva prórroga para la entrada en vigor de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE), estableciendo un calendario escalonado que iniciará el 1 de noviembre de 2026.

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Por Con información de Expansión

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SAT posterga la Manifestación de Valor Electrónica: implementación será gradual a partir de noviembre de 2026
SAT posterga la Manifestación de Valor Electrónica: implementación será gradual a partir de noviembre de 2026 Foto: Expansión

Lo Esencial • Puntos Clave

  • El SAT aplazó la entrada en vigor de la Manifestación de Valor Electrónica, iniciando el despliegue escalonado el 1 de noviembre de 2026.
  • El calendario de implementación se divide por regímenes aduaneros, extendiéndose hasta el 15 de enero de 2027 para importaciones definitivas.
  • Se mantienen facilidades administrativas, como la exención de transmitir documentos de transporte y origen por separado si se adjuntan al pedimento.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha oficializado una nueva extensión para la implementación de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE), marcando la tercera prórroga otorgada a este esquema. Según lo informado por la autoridad fiscal, la medida busca facilitar una transición ordenada hacia el nuevo formato digital, permitiendo que los usuarios ajusten sus procesos de comercio exterior con mayor margen de tiempo.

La disposición fue comunicada a través de la Primera Versión Anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2026, la cual actualiza el transitorio Décimo Primero de las RGCE publicadas originalmente en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de diciembre de 2025.

La implementación se llevará a cabo de manera gradual mediante la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior (VUTCE), conforme al siguiente calendario basado en el régimen aduanero:

  • Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado: 1 de noviembre de 2026.
  • Recinto fiscalizado estratégico: 15 de noviembre de 2026.
  • Tránsito de mercancías: 1 de diciembre de 2026.
  • Depósito fiscal: 15 de diciembre de 2026.
  • Importación temporal: 1 de enero de 2027.
  • Importación definitiva: 15 de enero de 2027.

"Esta medida permitirá una transición gradual y ordenada hacia el nuevo esquema electrónico, además de otorgar un periodo adicional para que las y los usuarios realicen los ajustes correspondientes en sus procesos de comercio exterior", señaló la autoridad fiscal.

Adicionalmente, el SAT mantendrá facilidades para el cumplimiento de la MVE. No será obligatorio transmitir documentos de transporte, certificados de origen o comprobantes de garantía de la cuenta aduanera, siempre que estos se adjunten al pedimento correspondiente. Asimismo, se permitirá el envío de un formato con información general de los contratos asociados a la MVE, evitando la carga individual de cada contrato en la VUTCE.

La MVE, anteriormente conocida como Formato E2, es un documento digital esencial para declarar el valor real de las mercancías que ingresan al país, garantizando así el cálculo correcto de los impuestos. Su entrada en vigor estaba prevista originalmente para el 9 de diciembre de 2025.

Aviso de cobertura: Edición, verificación y contextualización elaborada por la Mesa de Redacción de Inferencia a partir de despachos informativos de Expansión.

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