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SAT mantiene abierta la convocatoria para condonación de multas y recargos hasta el 31 de octubre

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a los contribuyentes que el plazo para solicitar la condonación de hasta el 100% en multas y recargos vence el próximo 31 de octubre, con una fecha límite específica para quienes opten por el pago en parcialidades.

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Por Redacción

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SAT mantiene abierta la convocatoria para condonación de multas y recargos hasta el 31 de octubre
SAT mantiene abierta la convocatoria para condonación de multas y recargos hasta el 31 de octubre Foto: Expansión

Lo Esencial • Puntos Clave

  • El plazo general para solicitar la condonación de multas y recargos ante el SAT finaliza el 31 de octubre.
  • Los contribuyentes que busquen pagar en dos parcialidades tienen como fecha límite el 15 de octubre.
  • El programa está dirigido a personas y empresas con ingresos menores a 300 millones de pesos en 2024 que busquen regularizar adeudos fiscales o aduaneros.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha hecho un llamado a personas físicas y empresas para que aprovechen el Programa de Regularización Fiscal 2026, el cual permite ponerse al corriente en el pago de impuestos como el IVA y el ISR mediante la condonación de hasta el 100% en recargos, multas y gastos de ejecución. La autoridad fiscal enfatizó que, para aquellos contribuyentes que deseen realizar el pago en dos parcialidades, la fecha límite para presentar su solicitud es el 15 de octubre. De acuerdo con el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), las solicitudes pueden proceder bajo dos modalidades: cuando existe un crédito fiscal determinado por la autoridad o cuando el contribuyente decide corregir su situación fiscal de manera voluntaria. Los beneficios están disponibles para personas o empresas cuyos ingresos totales en el ejercicio fiscal 2024 no hayan superado los 300 millones de pesos, así como para aquellos con adeudos por contribuciones federales o cuotas compensatorias no determinadas por la autoridad, sujetos a facultades de comprobación o con créditos fiscales firmes determinados por el SAT o la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM). El esquema contempla adeudos generados en 2024 o años anteriores, incluyendo contribuciones propias, retenidas, trasladadas, aprovechamientos, recargos, gastos de ejecución y multas por infracciones fiscales, aduaneras o de comercio exterior, incluyendo aquellas con agravantes. Para realizar el trámite, los interesados pueden acudir de forma presencial a las oficinas del SAT o ingresar al portal sat.gob.mx, donde deberán enviar un escrito libre a través de 'Mi portal' utilizando su RFC y contraseña, para posteriormente esperar la respuesta y efectuar el pago en los plazos establecidos.

Aviso de cobertura: Edición, verificación y contextualización elaborada por la Mesa de Redacción de Inferencia a partir de despachos informativos de Expansión.

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