El aguinaldo es un derecho laboral fundamental en México, garantizado por el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Todo patrón está obligado a realizar este pago antes del 20 de diciembre, siendo 15 días de salario el mínimo legal establecido para quienes han laborado el año completo.
¿Cómo calcular tu aguinaldo?
Para determinar el monto, primero se debe obtener el salario diario dividiendo el sueldo mensual entre 30. Posteriormente, este resultado se multiplica por los días de aguinaldo que otorga la empresa (mínimo 15). Tomando como referencia el salario promedio registrado ante el IMSS en agosto de 2026, que es de 673.10 pesos diarios (aproximadamente 20,193 pesos mensuales), el cálculo mínimo por un año completo sería de 10,096.50 pesos, antes de impuestos.
Proporcionalidad y renuncias
Si la relación laboral terminó antes de diciembre, el trabajador no pierde este derecho. La parte proporcional debe incluirse en el finiquito. Los cálculos varían según los días laborados:
- 182 días: 5,034.25 pesos.
- 90 días: 2,490.12 pesos.
- 60 días: 1,660.08 pesos.
- 30 días: 830.40 pesos.
Es importante destacar que no existe un periodo mínimo de servicio para generar el derecho a la parte proporcional; incluso un mes de trabajo genera este beneficio.
Consideraciones fiscales y salariales
El aguinaldo está sujeto al Impuesto Sobre la Renta (ISR), aunque cuenta con una parte exenta. Para 2026, con una UMA diaria de 117.31 pesos, la exención equivale a 30 UMA, es decir, 3,519.30 pesos. El excedente será el monto sobre el cual se calculará el impuesto.
En casos de salarios variables, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) indica que se debe tomar como referencia el ingreso promedio diario de los últimos 30 días laborados. Asimismo, si el contrato colectivo o individual estipula más de 15 días, la empresa debe respetar esa cifra superior.
¿Quiénes tienen derecho?
La protección abarca a trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio y de seguros, entre otros. Ante cualquier incumplimiento, falta de pago o entrega incompleta, los trabajadores pueden acudir a la Profedet para recibir asesoría, ya que el aguinaldo es un derecho irrenunciable que no puede ser condicionado por la situación económica de la empresa.

